Ayuntamiento de
Grandas de Salime

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Sábado, 27 de Abril del 2024
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Factura Electrónica

Factura que se expide y recibe en formato electrónico y tiene los mismos efectos legales que una factura en papel. Contiene los mismos datos y se firma digitalmente basándose en un certificado reconocido.

En cumplimiento de la obligación de este Ayuntamiento de disponer de un Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas para permitir la presentación electrónica de todas las facturas y otros documentos emitidos por los proveedores y contratistas, se implanta y habilita el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Ayuntamiento de Grandas de Salime a través de la siguiente dirección:
http://administracionelectronica.gob.es/es/ctt/face


Están obligados a facturar electrónicamente todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a este Ayuntamiento desde el 15 de enero de 2015 y en concreto, tal y como dispone el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público:

  • Sociedades anónimas.
     
  • Sociedades de responsabilidad limitada.
     
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de  nacionalidad española.
     
  • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
     
  • Uniones temporales de empresas.
     
  • Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

En virtud de la potestad reglamentaria conferida de acuerdo con el apartado segundo del referido artículo, estarán excluidas de la obligación de facturar electrónicamente a este Ayuntamiento las facturas de hasta un importe de cinco mil (5.000,00 €),  impuestos incluidos.

Se determina por este Ayuntamiento establecer este importe, incluyendo impuestos de conformidad con el criterio de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en sus Informes 43/2008, de 28 de julio de 2008 y 26/2008, de 2 de diciembre de 2008, dispone que  el precio del contrato debe entenderse como el importe íntegro que por la ejecución del contrato percibe el contratista, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Igualmente quedan excluidas de las facturas emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior, hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios.

Las facturas electrónicas que se remitan a la Entidad Local deberán incluir la codificación de las unidades administrativas en términos del directorio DIR3 (oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora) establecida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, tal y como es establece en la Disposición Adicional 3ª de la Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo.

Los pliegos de cláusulas administrativas de todos los concursos que publique este Ayuntamiento deberán contener esta codificación, que será indispensable para la remisión de todas las facturas electrónicas.

Las facturas electrónicas destinadas a las Administraciones Públicas tienen tres requisitos específicos:

  • Presentarlas en formato facturae 3.2.X.
  • Estar firmadas electrónicamente.
  • Indicar el destinatario de la factura electrónica.


Cómo generar una factura electrónica para el Ayuntamiento de Grandas de Salime

Aquellos proveedores que no tienen posibilidad de generar las facturas electrónicas con su aplicación de generación de facturas pueden utilizar la aplicación de facturación electrónica facturae que podrán descargar desde el siguiente enlace: Descarga Aplicación

Para generar las facturas electrónicas de forma que se puedan enviar desde el portal FACe. Será necesario configurar conveniente el Ayuntamiento de Grandas de Salime como receptor de las mismas.

Los datos del Ayuntamiento de Grandas de Salime son:

Ayuntamiento de Grandas de Salime
Plaza de la Constitución Nº 1
33730 Grandas de Salime - Asturias

Oficina Contable: L01330273 - Intervención
Órgano Gestor: L01330273 - Intervención
Unidad Tramitadora: L01330273 - Intervención

CIF asociado: P3302700D

Firmar la factura

Para firmar electrónicamente la factura dirigida a las AA.PP, necesita utilizar un certificado electrónico reconocido soportado por la plataforma @firma del MINHAP. Información sobre la firma electrónica

Exportar una Factura desde la aplicación Facturae.

Una vez generada la factura, en el caso de no tener conexión directa con FACe se deberá descargar el fichero “*.xsig” al ordenador.

Enviar facturas desde FACe

Para enviar facturas desde FACe conéctese a https://face.gob.es/es  desde donde puede remitir sus facturas electrónicas a la Administración y consultar el estado de tramitación y solicitar la anulación de las mismas.

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Ayuntamiento de Grandas de Salime
Plaza de la Constitución, 1
33730 Grandas de Salime (Asturias)
Tfnos.: 985 627 021
Fax: 985 627 564
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